Juzgado de Bogotá ordena suspender temporalmente operaciones aéreas ofensivas cuando haya presencia verificable de menores reclutados


*La medida provisional fue adoptada dentro de una acción de tutela y establece que las Fuerzas Militares deberán abstenerse de realizar ataques aéreos contra objetivos donde exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados por grupos armados. El Gobierno anunció que apelará la decisión.

El Juzgado 34 de Familia de Bogotá decretó una medida provisional que ordena suspender temporalmente las operaciones aéreas ofensivas contra objetivos en los que exista información sobre la posible presencia de menores de edad reclutados o utilizados por grupos armados ilegales.

La decisión fue adoptada mientras se resuelve de fondo una acción de tutela presentada por el ciudadano Ower Jimmy Borda Parra, quien actúa como agente oficioso de niños, niñas y adolescentes presuntamente reclutados por organizaciones armadas.

La orden está dirigida a la Presidencia de la República, el Ministerio de Defensa, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Fuerza Aeroespacial Colombiana (FAC) y la Armada Nacional.

¿Qué ordenó el juzgado?

De acuerdo con la providencia, las autoridades deberán abstenerse de ejecutar operaciones aéreas ofensivas sobre objetivos respecto de los cuales exista información “cierta, objetiva o razonablemente verificable” acerca de la presencia de menores reclutados o utilizados por grupos armados.

La medida establece que, antes de realizar este tipo de operaciones, deberán adoptarse y verificarse las medidas de precaución y protección necesarias para salvaguardar a los niños, niñas y adolescentes.

Se trata de una medida provisional, por lo que no constituye todavía una decisión definitiva sobre el fondo de la tutela.

Gobierno cuestiona el alcance de la decisión

El ministro del Interior, Rodrigo Lara, manifestó que las decisiones judiciales deben ser respetadas, pero también pueden ser estudiadas y controvertidas mediante los mecanismos establecidos por la ley.

El funcionario cuestionó particularmente el alcance de la expresión “razonablemente verificable”, al considerar que puede generar dificultades para determinar, desde el punto de vista operacional, cuándo debe suspenderse una acción aérea.

Según Lara, en zonas donde operan grupos armados que recurren al reclutamiento de menores, un criterio amplio podría dificultar la ejecución de operaciones contra esas organizaciones.

El ministro sostuvo, además, que el Gobierno tiene la obligación de proteger a los menores de edad, pero advirtió que esa protección no debería convertirse, a su juicio, en una ventaja territorial para los grupos armados.

Por esa razón, anunció que el Gobierno recurrirá la decisión judicial.

“Este fallo absurdo e inconstitucional será apelado”, afirmó Lara.

El antecedente de la operación en El Retorno

La decisión judicial se conoce pocos días después de una operación militar desarrollada en el municipio de El Retorno, Guaviare, denominada Operación Amón.

El operativo, que incluyó un bombardeo contra integrantes de un grupo armado, dejó entre las víctimas a tres menores de edad, de acuerdo con la información consignada en el caso.

Los hechos generaron cuestionamientos políticos y motivaron una proposición de la congresista Jennifer Pedraza para realizar un debate de control político al ministro de Defensa, general (r) Jorge Eduardo Mora López, y al director del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre), Carlos Andrés Ríos.

La protección de menores, en el centro de la controversia

La providencia judicial pone nuevamente en el centro del debate la utilización de menores de edad por parte de grupos armados y los criterios que debe aplicar la Fuerza Pública cuando existe información sobre su presencia en zonas donde se desarrollan operaciones militares.

Mientras el Gobierno sostiene que las organizaciones armadas no pueden obtener una ventaja operacional mediante el reclutamiento de niños, niñas y adolescentes, la acción judicial busca garantizar que estos menores sean protegidos frente a los riesgos derivados de las operaciones ofensivas.

La medida continuará vigente mientras se resuelve la controversia judicial, salvo que sea modificada o suspendida por la autoridad competente.


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