Gobierno reglamenta la Ley Ángel y establece ruta nacional para atender denuncias de maltrato animal


*El nuevo esquema busca coordinar a alcaldías, Policía, Fiscalía e inspecciones de Policía y permitirá clasificar los casos según su nivel de riesgo, con énfasis en la prevención y la atención oportuna.

El Gobierno de Abelardo de la Espriella anunció la reglamentación de la Ley Ángel y la puesta en marcha de una Ruta Nacional de Atención al Maltrato Animal, con la que busca establecer un procedimiento común para recibir, clasificar y atender las denuncias relacionadas con posibles casos de crueldad contra animales.

La iniciativa pretende superar uno de los problemas señalados en la atención de este tipo de situaciones: la falta de coordinación entre las diferentes autoridades que reciben las denuncias y, en algunos casos, las dificultades para determinar qué entidad debe intervenir.

De acuerdo con la información divulgada por la Presidencia, la ruta involucrará a las alcaldías, Inspecciones de Convivencia y Paz, Policía Nacional, Fiscalía General de la Nación y otras autoridades con competencias en protección y bienestar animal.

La Ley 2455 de 2025, conocida como Ley Ángel, estableció precisamente la obligación de crear una ruta institucional coordinada en los niveles nacional, departamental y municipal o distrital. La norma también contempla un canal específico, accesible y confidencial para recibir quejas o denuncias, incluso de manera anónima.

Los casos serán clasificados según el nivel de riesgo

Uno de los aspectos centrales del nuevo esquema será la clasificación de las denuncias en tres niveles.

El primero corresponde a los casos de atención inmediata, destinados a situaciones en las que el animal se encuentre ante un riesgo elevado y sea necesaria una intervención urgente.

El segundo será el de atención prioritaria, para situaciones que requieren respuesta institucional, aunque no tengan las características que justifican una intervención inmediata.

El tercer nivel corresponde al seguimiento preventivo, dirigido a situaciones en las que existan indicios de riesgo o circunstancias que puedan derivar en hechos de maltrato.

Según el Gobierno, esta clasificación permitirá establecer desde el momento de la denuncia cuál debe ser la respuesta institucional y evitar que los ciudadanos tengan que desplazarse de una dependencia a otra para conseguir atención.

Dolor y sufrimiento también serán considerados

Otro de los elementos destacados por el Ejecutivo es que la actuación de las autoridades no estará limitada a la existencia de heridas o lesiones físicas visibles.

La información oficial señala que los funcionarios podrán considerar signos de dolor, miedo, estrés o sufrimiento como elementos para valorar una situación de riesgo.

Esto busca favorecer una intervención preventiva, especialmente en aquellos casos en los que las condiciones del animal puedan evidenciar afectaciones a su bienestar antes de que aparezcan lesiones físicas evidentes.

No obstante, esto no significa que cualquier comportamiento pueda ser considerado automáticamente como maltrato. La propia Ley Ángel establece procedimientos, competencias y medios de prueba para determinar las actuaciones correspondientes. La norma contempla, entre otros, documentos, testimonios, inspecciones y dictámenes periciales.

La ley también contempla actuaciones urgentes

La Ley 2455 incorporó además una disposición que permite socorrer a un animal cuando exista certeza y evidencia verificable de conductas constitutivas de maltrato que pongan en riesgo inminente su vida o integridad.

La legislación también fortaleció las consecuencias frente a determinadas conductas de maltrato y estableció nuevas circunstancias de agravación punitiva, entre ellas aquellas relacionadas con sevicia, actos sexuales contra animales, daños permanentes o mutilaciones y la utilización de medios destinados a causar daño a varios animales.

Además, contempla acciones de sensibilización ciudadana y cursos sobre prevención del maltrato y sus consecuencias penales y administrativas.

El caso de Ángel dio nombre a la ley

La legislación recibió el nombre de Ángel, un perro que sufrió un grave caso de maltrato en Saboyá, Boyacá, en 2021 y cuyo caso se convirtió en uno de los símbolos de la lucha contra la crueldad animal en Colombia.

El Gobierno señaló que la reglamentación busca convertir ese caso en un referente para fortalecer la respuesta institucional.

“Prometimos proteger a los animales y estamos cumpliendo”, señaló la Presidencia al presentar los avances de la política.

Por su parte, la senadora Andrea Padilla Villarraga, autora de la iniciativa legislativa, celebró el anuncio y llamó a que la ruta tenga una aplicación efectiva en los municipios del país.

“Llevábamos un año peleando por la Ruta Nacional de Atención al Maltrato Animal. Ahora, logremos su implementación efectiva municipio por municipio”, manifestó.

La propia Ley Ángel establece que, una vez expedidos los lineamientos nacionales, las entidades territoriales deberán adoptar la ruta mediante actos administrativos, ajustándola a las características de cada territorio. También dispone que los protocolos sean actualizados periódicamente.


Publicar un comentario

0 Comentarios