El Consejo de Estado confirmó la nulidad del decreto mediante el cual el gobierno del entonces presidente Gustavo Petro designó a Verónica Alcocer como embajadora en misión especial ante el Vaticano, dejando en firme la decisión adoptada previamente por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
La actuación quedó registrada en el sistema de gestión judicial con la anotación "confirma declaratoria de nulidad", lo que significa que el alto tribunal ratificó la invalidez del nombramiento. Aunque al momento de conocerse la decisión aún no se habían publicado las firmas de los magistrados ni el texto completo del fallo, la determinación mantiene sin efectos la designación realizada en 2023.
El debate gira en torno al artículo 126 de la Constitución
La demanda fue presentada por el abogado Harold Sua, quien sostuvo que el decreto desconocía el artículo 126 de la Constitución Política.
Esa disposición establece que los servidores públicos no pueden nombrar a personas con quienes tengan vínculos de matrimonio o unión permanente, así como determinados grados de parentesco, en ejercicio de sus funciones.
Durante el proceso, la Procuraduría General de la Nación respaldó esa interpretación y concluyó que el entonces presidente infringió dicha norma al designar a quien era su compañera permanente para representar oficialmente al Estado colombiano.
El Gobierno defendió la designación
En su defensa, el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) argumentó que la Constitución otorga al jefe de Estado la dirección de las relaciones internacionales y sostuvo que la misión encomendada a Alcocer tenía un carácter excepcional, específico y transitorio.
Sin embargo, esos argumentos fueron rechazados tanto por el Tribunal de Cundinamarca como ahora por el Consejo de Estado.
También cuestionaron el contenido del decreto
El fallo de primera instancia, que ahora quedó en firme, advirtió además que el decreto presentaba deficiencias en la definición de las funciones asignadas.
El documento señalaba que el equipo de apoyo acompañaría a la entonces primera dama en las actividades que ella "estimara convenientes", una redacción que el Tribunal calificó de ambigua y contraria al principio de legalidad que debe regir el ejercicio de funciones públicas.
Para la corporación judicial, el acto administrativo no delimitaba con precisión las tareas que desempeñaría la misión especial, lo que vulneraba los requisitos constitucionales para este tipo de designaciones.
Una controversia que comenzó en 2023
La designación de Verónica Alcocer como embajadora en misión especial fue expedida a finales de 2023 para asistir a una audiencia privada con el entonces papa Francisco en el Vaticano.
Desde su expedición, el decreto generó un intenso debate político y jurídico sobre la legalidad del nombramiento y el alcance de las funciones que podía ejercer la primera dama en representación del Estado colombiano.
Durante el gobierno de Gustavo Petro, Alcocer también participó en otros eventos internacionales, entre ellos el funeral de la reina Isabel II del Reino Unido, la Asamblea General de las Naciones Unidas y las exequias del ex primer ministro japonés Shinzo Abe, en varios casos bajo la figura de "embajadora en misión especial".
Con la decisión del Consejo de Estado, la nulidad del decreto queda definitivamente en firme y se consolida un precedente sobre los límites constitucionales para la designación de familiares o compañeros permanentes del presidente en misiones oficiales del Estado colombiano.

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