Crisis en salud: estos medicamentos y tratamientos dejarán de ser cubiertos por las EPS en 2026


El Gobierno nacional actualizó el listado de medicamentos, tratamientos y procedimientos que dejarán de ser financiados por las EPS en Colombia durante 2026, en medio de la creciente crisis financiera que golpea al sistema de salud del país.

La medida quedó oficializada mediante la Resolución 695 de 2026 del Ministerio de Salud, documento que consolidó más de 100 exclusiones dentro del Plan de Beneficios en Salud (PBS), lo que significa que esos servicios ya no serán cubiertos con recursos públicos.

La decisión llega en un contexto crítico para hospitales, clínicas y usuarios, debido a los problemas económicos que enfrentan varias EPS y centros médicos en distintas regiones del país.

Entre los medicamentos que salen de la cobertura aparece el minoxidil, usado principalmente para tratar la caída del cabello o alopecia. También quedó excluida la diacereína, utilizada en algunos tratamientos contra la osteoartritis y enfermedades articulares.

Además, el Ministerio mantuvo restricciones para ciertos medicamentos que solo podrán ser utilizados bajo condiciones clínicas específicas y previa justificación médica. Dentro de ese grupo figuran algunas combinaciones de acetaminofén con codeína o hidrocodona, determinados usos del diazepam y tratamientos con erlotinib en pacientes que no tengan una mutación genética diagnosticada.

La resolución también ratificó que las EPS no financiarán procedimientos con fines exclusivamente estéticos o cosméticos, salvo que exista una necesidad médica comprobada.

En la lista aparecen procedimientos como liposucción, rinoplastia estética, lifting facial, mamoplastia de aumento, gluteoplastia, bichectomía y rejuvenecimiento vaginal, además de otras intervenciones de modificación corporal realizadas únicamente con fines estéticos.

Otra de las medidas que más ha generado debate es la exclusión de tratamientos de fertilidad como la fecundación in vitro y la inseminación artificial, procedimientos que desde hace años han sido motivo de discusión dentro del sistema de salud colombiano.

Asimismo, quedaron por fuera varias terapias alternativas que no cuentan con suficiente respaldo científico, entre ellas la ozonoterapia, aromaterapia, delfinoterapia y psicomagia.

El documento también excluye productos considerados cosméticos o de uso personal, como cremas hidratantes, gel antibacterial, pañitos húmedos y algunos suplementos dietarios.

Según explicó el Ministerio de Salud, el propósito de estas decisiones es concentrar los recursos públicos en tratamientos prioritarios, tecnologías médicas con evidencia científica y procedimientos esenciales para la vida y la salud de los pacientes.

La actualización ocurre mientras clínicas y hospitales advierten sobre una grave crisis financiera derivada de retrasos en pagos por parte de las EPS.

En Bogotá, varias instituciones médicas ya comenzaron a reducir servicios y capacidad hospitalaria debido a las dificultades económicas del sector. Uno de los casos más preocupantes es el de la Clínica Juan N. Corpas, que recientemente confirmó que opera con apenas cuatro camas UCI disponibles tras la salida de parte de su personal especializado.

A esto se suma el cierre de sedes de la Clínica Medical y la suspensión de algunos servicios de alta complejidad, incluidos tratamientos oncológicos.

El panorama mantiene en alerta a pacientes, médicos y trabajadores del sistema de salud, quienes advierten que las restricciones económicas podrían seguir afectando la atención médica en diferentes regiones del país.

La Resolución 695 de 2026 se convierte así en una de las decisiones más importantes dentro del debate sobre la sostenibilidad del sistema de salud colombiano y el futuro financiero de las EPS.


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