La magistrada de la JEP, Ana Manuela Ochoa
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) dio a conocer este jueves una sentencia histórica contra 12 exintegrantes de la Fuerza Pública, a quienes se les atribuyeron graves crímenes cometidos en el marco del conflicto armado. Según determinó el tribunal transicional, los comparecientes incurrieron en dos patrones criminales: el homicidio de civiles en alianza con grupos paramilitares y el asesinato de personas fuera de combate para presentar resultados operacionales inflados.
“Han aportado verdad y se han comprometido en la reparación de las víctimas y la no repetición de los crímenes”, señaló la magistrada Ochoa al leer la decisión, que se enmarca en los compromisos adquiridos en el Acuerdo de Paz de 2016.
Sanciones no privativas de libertad
A diferencia de quienes fueron procesados por la justicia ordinaria, estos exmilitares reciben sanciones no privativas de la libertad, que van entre cinco y ocho años, y que deberán cumplirse mediante trabajos, obras y actividades de carácter restaurativo en beneficio de las comunidades.
La JEP impuso la máxima sanción propia de ocho años a Guillermo Gutiérrez Riveros, Manuel Valentín Padilla Espitia y Eduart Gustavo Álvarez Mejía. Otros exmilitares recibieron sanciones diferenciadas según su nivel de responsabilidad y el tiempo ya cumplido en prisión: siete años para Alex José Mercado Sierra; seis años, cinco meses y seis días a Heber Hernán Gómez Naranjo; seis años, un mes y seis días a Efraín Andrade Perea; cinco años y diez meses a Carlos Andrés Lora Cabrales; seis años, 11 meses y 24 días a José de Jesús Rueda Quintero; cinco años, siete meses y 12 días a Elkin Leonardo Burgos Suárez; seis años, un mes y 12 días a Elkin Rojas; siete años, siete meses y 22 días a Yeris Andrés Gómez Coronel; y seis años, siete meses y seis días a Juan Carlos Soto Sepúlveda.
La decisión contempla libertad de movimiento vigilada, con horarios y lugares de residencia definidos, bajo supervisión de la Sección de Primera Instancia.
Proyectos restaurativos
La sentencia establece que los sancionados deberán participar en seis proyectos de carácter simbólico, social y cultural, con el objetivo de honrar la memoria de las víctimas, reparar el daño y contribuir a la reconciliación.
Plan Integral de Memorialización para la Costa Caribe: contempla la construcción de un mausoleo de la memoria en el Cementerio del Ecce Homo, en Valledupar, con 700 osarios y sus respectivas lápidas. Los comparecientes apoyarán labores de construcción, mantenimiento de murales y actividades pedagógicas junto a familiares de las víctimas.
Centro de armonización para el buen vivir del Pueblo Kankuamo: incluye obras de infraestructura como cimentaciones, sistemas de agua y energía, y la construcción de la vía de acceso. También deberán apoyar en la dotación y en actividades simbólicas con la comunidad indígena.
Centro Integral Cultural y de Memoria OMONAPA del Pueblo Wiwa: los sancionados participarán en la preparación de terrenos, levantamiento de muros, acabados, siembra de árboles, construcción de senderos y actividades culturales de memoria.
Proyecto productivo multipropósito “Sembradores de amor y paz”: contempla labores logísticas y técnicas en infraestructuras rurales y urbanas, adecuación de predios y participación en actividades de reconciliación comunitaria.
Casas Multipropósito “Sanando memorias, reconstruyendo vidas”: los exmilitares trabajarán en labores de carpintería, albañilería y mantenimiento, además de apoyar talleres y actos de reparación simbólica.
Casa cultural Nelson Enrique Romo Romero: la obra incluirá estudios, diseños, instalación de mobiliario y dotación tecnológica. También habrá participación activa en procesos de socialización y memoria colectiva.
Una sentencia ejemplar
La JEP destacó que estas sanciones se diferencian de las aplicadas a excombatientes de las FARC, pues responden a las condiciones particulares de quienes fueron miembros de la Fuerza Pública. El tribunal subrayó que la finalidad es garantizar verdad, reparación y garantías de no repetición, pilares centrales del sistema de justicia transicional.
Las víctimas tendrán un papel fundamental en la ejecución y supervisión de los proyectos. Para la JEP, la participación activa de los comparecientes en estas labores constituye un reconocimiento de responsabilidad y un paso hacia la reconstrucción de la confianza entre instituciones y comunidades afectadas.
Esta sentencia marca un precedente en la justicia transicional colombiana, al imponer sanciones restaurativas a exmiembros de la Fuerza Pública, obligándolos a trabajar directamente en iniciativas de memoria y reconciliación. Con ello, la JEP reafirma su papel como garante del derecho de las víctimas a la verdad y como escenario clave en la consolidación de la paz.
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